02 FUNDAMENTOS

Fotografía de Este es el texto descriptivo de la imagen de los fundamentos

La infancia y la adolescencia se han entendido tradicionalmente, en las sociedades occidentales, como un conjunto de representaciones sociales basadas en creencias, estereotipos e ideas compartidas por la comunidad. Desde la concepción, arraigada en el concepto de patria potestad del derecho romano, que considera a hijas e hijos como propiedad de sus madres y/o padres, pasando por su etimología donde el término infancia procede del latín “infálere” significa “el que no tiene habla”, “el que no tiene voz” refuerza esta idea de dependencia, de falta de autonomía.
Hoy en día la consideración más contemporánea les percibe como seres más autónomos e independientes.
Desde la sociología se han buscado las bases filosóficas y los procesos por los que se construye la noción de “ser humano” , ¿quiénes son “más seres humanos?”.
La visión más extendida de la infancia y la adolescencia en la sociedad occidental es la que define a niñas, niños y adolescentes como aquel ser humano menor de 18 años, y es tenido en cuenta como consumidora y consumidor del hoy y productor del mañana.
En este contexto argumental es en el que, desde el PIIAT, se entiende a niñas, niños y adolescentes como protagonistas de la comunidad, más allá de ser sujetos de protección, son agentes de promoción, de regulación y de supervisión de sus propios derechos.
En las sociedades occidentales a pesar del especial protagonismo de la infancia y la adolescencia en la comunidad, este protagonismo es limitado, tanto en lo que respecta a la política, como a la toma de decisiones.

Los niños y niñas, adolescentes y jóvenes son parte irremplazables de las sociedades futuras. Sin embargo, la cultura democrática predominante en occidente, y especialmente en España, ha prescindido de aquéllos y aquéllas para la proyección y construcción de su presente y su futuro.
Los acelerados y sucesivos cambios socioeconómicos, culturales y sobre todo, ambientales, hacen más necesario que nunca que desde las instituciones se incorpore a la infancia, la juventud y sus criterios a decisiones trascendentales para sus vidas adultas, a la vez que se promocionen modelos organizativos que les permita afrontar los grandes retos a los que tendrán que enfrentarse en pocos años.

Como dice Benedetti, en Memoria y Esperanza, un Mensaje a los Jóvenes (2004):

«...Tengo la impresión de que en este presente implacable y descastado, al mundo le duele la juventud y a la juventud le duele el mundo (...) No obstante, la juventud aguarda un gesto, una rendija de esperanza. Aunque se aturda (...) espera a ser atendida y ayudada a sobrevivir. Y los prójimos de todas las edades deberían comprender que en la salvación de la juventud reside el secreto de su propia salvación...»

La participación, además de un derecho es la mayor de las oportunidades educativas para personas en general, y sobre todo, niñas y niños, adolescentes y jóvenes que a través de procesos participativos desarrollan multitud de capacidades creativas, organizativas, relacionales, en un entorno positivo de convivencia, afectividad y gestión individual y grupal de las emociones, compartiendo sus intereses y motivaciones con las de otros y otras para construir conjuntamente desde el interés grupal sin despreciar o descalificar el individual.

La participación entendida como un elemento de aprendizaje genera procesos socioeducativos y evoca a niñas, niños y adolescentes hacia una concepción de la misma más abierta, libre, atractiva y flexible, para ir asumiéndola, dentro de su propia realidad y capacidad de comprensión, como un pilar fundamental en su día a día, transversal a todas las áreas en las que se socializan, escuela, familia, grupo de iguales, etc. Por ello es importante respetar las dinámicas de niños, niñas y jóvenes atendiendo a las necesidades sentidas, favoreciendo que proyecten desde su mirada y desde su forma de entender y sentir el mundo, aportando así una visión nueva con respuestas más adaptadas a un mundo en constante cambio de personas adultas.
Sin duda un plan integral de infancia y adolescencia ha de basarse en la generación de procesos de dinamización y participación infantil y juvenil, que a la vez faciliten estructuras de organización comunitaria que sirvan de transferencias entre instituciones y ciudadanía, y desarrollen los entornos como escuelas de participación.

Muchas veces se afronta una situación problema intentando buscar una fórmula que permita, en el mejor de los casos, paliar las consecuencias fruto de aquélla. La necesidad de un remedio inmediato ensombrece la posibilidad de articular un proceso de búsqueda de respuestas donde puedan participar las personas que viven esa situación. Los esfuerzos entonces parecen atender más al objetivo de evitar o desviar el problema o su supuesta causa, que intentar generar dinámicas de cambio de la situación tras su análisis a través del encuentro como herramienta fundamental para el cambio.
En muchas ocasiones, en el ámbito de la intervención social, la necesidad de una solución inmediata limita la posibilidad de generar actuaciones reales sobre las causas que favorezcan los cambios. La urgencia, la precipitación, la falta de análisis compartidos, etc., obstaculizan considerablemente avanzar en la creación de verdaderas alternativas. La lectura crítica de la historia reciente de la acción social en Canarias, al igual que en otros territorios, demuestra que son muchas las ocasiones en que se actúa sobre las consecuencias y no sobre las causas, desde planteamientos muy específicos y sectorizados.
La planificación estratégica se plantea como una opción procesual de trabajo donde la urgencia, la especificidad o la sectorialidad de una problemática concreta sea base para generar una intervención que compagine el objetivo inmediato de salvar o solucionar la problemática específica, con el de crear procesos reales de actuación sobre las causas que la originan.
En otras palabras, se trata de reconocer, como se apuntaba anteriormente, la oportunidad para articular procesos de cambio en la amenaza del problema concreto.

Fotografía de Niño muestra un cartel
Imagen aérea de una cancha de deportes

En cuanto al marco legal vigente, el PIIAT queda sujeto a la siguiente normativa.

Ámbito internacional

Convención de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General ONU de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de noviembre de 1990.

Carta Europea sobre los Derechos del Niño, aprobada por el Parlamento Europeo el 8 de julio de 1992 y publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Europea (DOCE) el 21 de septiembre de 1992.

Ámbito estatal

Constitución española de 1978. En su capítulo III del título I recoge la obligación de los Poderes Públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de esta, con carácter singular, la de niñas y niños.

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia (2013 – 2016).

Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia que afecta a distintas disposiciones, entre ellas, a la Ley Orgánica 1/1996.

Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Ámbito autonómico

La Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores.

La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Entre estos instrumentos uno de los fundamentales es la ya mencionada, Convención de los Derechos de la Infancia.
En la redacción de los derechos recogidos en la convención se apela a la implementación, desde la estructura municipal, de estrategias para la construcción de un entorno en el que la atención, la protección a la infancia y a la adolescencia, la promoción social generen un espacio que consolide las dinámicas y canales facilitadores.